Ya está en vigor la Ley de la Vivienda impulsada por el Pacto y que pretende garantizar el derecho constitucional a la Vivienda. En un primer momento generó grandes titulares por querer obligar a poner en el mercado pisos vacíos. Al final, la aprobación en el Parlament de un proyecto de bandera del Pacto se vio empañado para estas fuerzas por las diferencias internas en torno a la denominada ‘enmienda Nadal’.
La medida más destacada, finalmente afecta a «los grandes tenedores», que son personas físicas y jurídicas que, directa o indirectamente, participen de manera activa en el mercado inmobiliario y tengan diez viviendas o más en propiedad, alquiler o usufructo. Según explicaba el director general de Vivienda, Eduard Vila, en esRadio97.1 se trata fundamentalmente de que entidades bancarias o quien pretenda especular con propiedades las tenga que destinar a alquiler social si superan los dos años cerradas. Además, se abrirá un registro de viviendas desocupadas para el que hay un plazo de tres meses para inscribirse desde la entrada en vigor de la Ley o si permanece dos años vacía. En caso de no dar de alta un piso o casa, la Comunidad podrá imponer una sanción grave, 3.000 hasta 30.000 euros.
El texto publicado por el BOIB tiene como «objetivo principal facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda y garantizar su permanencia», según el Govern. En la Ley se reconoce el derecho de los ciudadanos a la vivienda y establece mecanismos para hacerlo efectivo, incrementando la bolsa de vivienda pública de alquiler social y obligando al Ejecutivo a facilitar ayudas de acceso a las personas en situación de vulnerabilidad si no hay vivienda pública disponible.
Paralelamente, el nuevo marco legislativo también prevé un servicio de acompañamiento en materia de vivienda, universal y gratuito, para todos los ciudadanos. La función de este servicio, que estará integrado en el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), es guiar los ciudadanos en situaciones de riesgo de pérdida de la vivienda —porque no pueden pagar el alquiler o el préstamo hipotecario— y asistirlos con la información que requieran en procesos de compra, alquiler o financiación de la vivienda para la defensa correcta de sus derechos.
Por otro lado, la primera Ley de la Vivienda de Baleares garantiza el derecho de todos los ciudadanos a los suministros básicos, dejando atrás lo que hasta la fecha era el «buenismo» o la mera buena voluntad, según el director general Vila. Concretamente quedan prohibidos los cortes de suministro si los servicios sociales municipales acreditan la situación de dificultad de la familia. La empresa tiene que informar los afectados que tienen este derecho antes de cortar los suministros.
En otro orden de cosas se fomentará un parque público de alquiler, que ya está siendo desarrollado por un Plan de la Vivienda del Govern. Así, todas las nuevas promociones que construyan las administraciones públicas serán de alquiler y pueden impulsar también viviendas con fórmulas distintas a la propiedad (ejemplo: las viviendas que hagan las cooperativas). Igualmente, para garantizar la existencia suficiente de viviendas de protección oficial a la comunidad autónoma, todas las nuevas promociones mantendrán por siempre jamás su calificación como VPO, de forma que nunca se podrán vender por encima del precio que se establezca, por parte de la Administración, para las viviendas de protección oficial, aunque sean de promoción privada. Nunca serán de mercado libre. Esta medida no afectará a las Viviendas de Protección anteriores a la Ley, que evidentemente no tiene efecto retroactivo.